Condiciones generales de venta
PREÁMBULO
Las presentes condiciones generales de venta se aplican a todas las ventas realizadas en el sitio web de Nané. Al acceder a nuestro sitio y realizar un pedido, acepta nuestras condiciones generales de venta.
ARTÍCULO 1 - PRINCIPIOS
Las presentes condiciones generales de venta expresan la totalidad de las obligaciones de las partes. Se aplican con exclusión de cualquier otra condición.
ARTÍCULO 2 - CONTENIDO
Las presentes condiciones generales definen los derechos y obligaciones de las partes en el marco de la venta en línea de productos ofrecidos por Nané.
ARTÍCULO 3 - INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL
El comprador reconoce haber sido informado de las presentes condiciones generales de venta antes de realizar su pedido.
ARTÍCULO 4 - LA ORDEN
El comprador podrá realizar un pedido en línea, a partir del catálogo en línea y utilizando el formulario previsto en el mismo, de cualquier producto, hasta fin de existencias.
ARTÍCULO 5 - FIRMA ELECTRÓNICA
El suministro en línea del número de tarjeta bancaria del comprador y la validación final del pedido constituyen la prueba del acuerdo del comprador.
ARTÍCULO 6 - CONFIRMACIÓN DEL PEDIDO
El vendedor proporcionará al comprador una confirmación del pedido por correo electrónico.
ARTÍCULO 7 - PRUEBA DE LA TRANSACCIÓN
Los registros informáticos conservados en los sistemas informáticos del vendedor se considerarán prueba de las comunicaciones, pedidos y pagos entre las partes.
ARTÍCULO 8 - INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO
Los productos que se rigen por estas condiciones son los que aparecen en el sitio web del vendedor y se ofrecen hasta fin de existencias.
ARTÍCULO 9 - PRECIOS
Los precios se indican en euros, excluidos los gastos de envío, y pueden ser modificados por el vendedor en cualquier momento.
ARTÍCULO 10 - FORMA DE PAGO
El comprador tiene la posibilidad de elegir los métodos de pago puestos a su disposición por el vendedor. El pago debe efectuarse íntegramente el día en que se realiza el pedido.
ARTÍCULO 11 - DISPONIBILIDAD DE LOS PRODUCTOS - REEMBOLSO - RESCISIÓN
Si no se cumple la fecha o el plazo de entrega, el comprador puede rescindir el contrato tras exigir al vendedor que cumpla en un plazo adicional razonable.
ARTÍCULO 12 - CONDICIONES DE ENTREGA
Los productos se entregan en la dirección indicada por el comprador. En caso de problema, el comprador debe comprobar el estado de los artículos y, si es necesario, rechazar el paquete.
ARTÍCULO 13 - ERRORES DE ENTREGA
El comprador debe notificar al vendedor cualquier error en la entrega el mismo día de la entrega o, a más tardar, el primer día laborable posterior.
ARTÍCULO 14 - GARANTÍA DEL PRODUCTO
El vendedor garantiza que los bienes vendidos son conformes con el contrato. El comprador se beneficia de la garantía legal de conformidad y de la garantía legal contra vicios ocultos.
ARTÍCULO 15 - DERECHO DE DESISTIMIENTO
El comprador dispone de un plazo de 14 días a partir de la entrega para devolver cualquier artículo que no le convenga y solicitar un cambio o reembolso.
ARTÍCULO 16 - FUERZA MAYOR
Cualquier circunstancia ajena a la voluntad de las partes que impida el cumplimiento de sus obligaciones en condiciones normales será considerada como causa de exoneración de las obligaciones de las partes.
ARTÍCULO 17 - PROPIEDAD INTELECTUAL
El contenido del sitio web sigue siendo propiedad del vendedor, que es el único titular de los derechos de propiedad intelectual de dicho contenido.
ARTÍCULO 18 - TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LIBERTADES CIVILES
Los datos nominativos facilitados por el comprador son necesarios para la tramitación de su pedido y la elaboración de las facturas.
ARTÍCULO 19 - NO VALIDACIÓN PARCIAL
Si una o más estipulaciones de estas condiciones generales se consideran inválidas, las demás estipulaciones conservarán su plena vigencia y alcance.
ARTÍCULO 20 - NO RENUNCIA
El hecho de que una de las partes no se valga del incumplimiento por la otra parte de cualquiera de las obligaciones mencionadas no podrá interpretarse para el futuro como una renuncia a la obligación en cuestión.
ARTÍCULO 21 - TÍTULO
En caso de dificultad de interpretación entre alguno de los epígrafes que figuran al principio de las cláusulas y alguna de las cláusulas, los epígrafes se declararán inexistentes.
ARTÍCULO 22 - LENGUA DEL CONTRATO
Las presentes condiciones generales de venta están redactadas en francés.
ARTÍCULO 23 - MEDIACIÓN
El comprador puede recurrir a la mediación convencional en caso de litigio.
ARTÍCULO 24 - LEGISLACIÓN APLICABLE
Las presentes condiciones se rigen por la legislación francesa. En caso de litigio, el comprador se pondrá primero en contacto con el vendedor para obtener una solución amistosa.
ARTÍCULO 25 - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos personales se recogen con el fin de procesar pedidos y mejorar los servicios del sitio. Los usuarios tienen derecho a acceder a sus datos, rectificarlos y suprimirlos.
APÉNDICE - FORMULARIO DE DESISTIMIENTO
(El consumidor deberá cumplimentar el formulario y enviarlo por correo certificado con acuse de recibo en un plazo máximo de 14 días a partir de la fecha de celebración del contrato).
Formulario de desistimiento
A la atención de :
Dirección de correo electrónico de Nané: [su correo electrónico]
Por la presente le notifico mi desistimiento del contrato relativo a ....................., solicitado en: .........
Nombre y apellidos del consumidor: .................
Dirección del consumidor: .................
Fecha: .................
Firma del consumidor
APÉNDICE - CÓDIGO DE CONSUMO Y CÓDIGO CIVIL
Extractos de los artículos pertinentes del Código de Consumo y del Código Civil relativos a las garantías y los derechos de los consumidores.
CÓDIGO DEL CONSUMIDOR
Artículo L. 217-4: "El vendedor deberá entregar los bienes de conformidad con el contrato y será responsable de cualquier falta de conformidad en el momento de la entrega.
También será responsable de cualquier falta de conformidad que resulte del embalaje, de las instrucciones de montaje o de la instalación cuando esta última fuera de su responsabilidad en virtud del contrato o se hubiera realizado bajo su responsabilidad".
Artículo L. 217-5: "Las mercancías se ajustan al contrato :
1° Si es apto para el uso que ordinariamente se espera de productos similares y, en caso afirmativo :
- si corresponde a la descripción dada por el vendedor y tiene las cualidades que el vendedor presentó al comprador en forma de muestra o modelo;
- posee las cualidades que un comprador puede legítimamente esperar, habida cuenta de las declaraciones públicas efectuadas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o el etiquetado;
2° O si tiene las características definidas de mutuo acuerdo entre las partes o es apto para cualquier uso especial buscado por el comprador, puesto en conocimiento del vendedor y aceptado por éste.
Artículo L. 217-6: "El vendedor no está obligado por las declaraciones públicas del productor o de su representante si se demuestra que no las conocía y que no estaba legítimamente en condiciones de conocerlas".
Artículo L. 217-7: "Se presume que los defectos de conformidad que aparezcan en los veinticuatro meses siguientes a la entrega de los bienes ya existían en el momento de la entrega, salvo prueba en contrario. Para los bienes vendidos de segunda mano, este plazo es de seis meses. El vendedor puede desvirtuar esta presunción si no es compatible con la naturaleza de los bienes o con la falta de conformidad alegada.
Artículo L. 217-8: "El comprador tiene derecho a exigir que las mercancías sean conformes al contrato. No obstante, no podrá impugnar la conformidad alegando un defecto del que tuviera conocimiento o no hubiera podido ignorar en el momento de la celebración del contrato. Lo mismo se aplica si el defecto se debe a materiales suministrados por el comprador.
Artículo L. 217-9: "En caso de falta de conformidad, el comprador podrá elegir entre la reparación o la sustitución del bien. Sin embargo, el vendedor no podrá proceder según la elección del comprador si esta elección implica un coste manifiestamente desproporcionado con respecto a la otra opción, teniendo en cuenta el valor de los bienes o la importancia del defecto. En tal caso, el vendedor está obligado a proceder, salvo que sea imposible, según el método no elegido por el comprador.
Artículo L. 217-10: "Si la reparación y la sustitución de los bienes resultan imposibles, el comprador podrá devolver los bienes y obtener el reembolso del precio o quedarse con los bienes y obtener el reembolso parcial del precio. El comprador tiene la misma opción: 1° Si la solución solicitada, propuesta o acordada en aplicación del artículo L. 217-9 no puede aplicarse en el plazo de un mes a partir de la reclamación del comprador; 2° O si esta solución no puede aplicarse sin mayores inconvenientes para el comprador, dada la naturaleza de los bienes y su uso previsto. No obstante, la venta no podrá rescindirse si la falta de conformidad es de escasa importancia.
Artículo L. 217-11: Las disposiciones de los artículos L. 217-9 y L. 217-10 se aplicarán sin coste alguno para el comprador. Estas mismas disposiciones no impiden la concesión de daños y perjuicios.
Artículo L. 217-12: "Toda acción derivada de una falta de conformidad prescribirá a los dos años a partir de la fecha de entrega de las mercancías".
Artículo L. 217-13: "Las disposiciones de la presente sección no privan al comprador del derecho a ejercitar una acción derivada de los vicios redhibitorios enunciados en los artículos 1641 a 1649 del Código Civil o cualquier otra acción de naturaleza contractual o extracontractual reconocida por la ley".
Artículo L. 217-14: "El vendedor final podrá interponer recurso contra los vendedores o intermediarios sucesivos y el productor del bien mueble corporal, de conformidad con los principios del Código Civil.
Artículo L. 217-15: "La garantía comercial es todo compromiso contractual de un comerciante frente a un consumidor de reembolsar el precio de compra, sustituir o reparar el bien o prestar cualquier otro servicio relacionado con el bien, además de sus obligaciones legales de garantizar la conformidad del bien.
La garantía comercial es objeto de un contrato escrito, cuya copia se entrega al comprador.
El contrato especifica el contenido de la garantía, la forma de ejecutarla, su precio, duración y ámbito territorial, así como el nombre y la dirección del garante.
Además, establece de forma clara y precisa que, independientemente de la garantía comercial, el vendedor sigue siendo responsable de la garantía legal de conformidad contemplada en los artículos L. 217-4 a L. 217-12 y de la garantía relativa a los defectos del bien vendido, en las condiciones previstas en los artículos 1641 a 1648 y 2232 del Código Civil.
Las disposiciones de los artículos L. 217-4, L. 217-5, L. 217-12 y L. 217-16, así como el artículo 1641 y el primer párrafo del artículo 1648 del Código Civil francés se reproducen íntegramente en el contrato.
En caso de incumplimiento de estas disposiciones, la garantía seguirá siendo válida. El comprador podrá hacer uso de este derecho.
Artículo L. 217-16: "Cuando el comprador solicite al vendedor, durante la vigencia de la garantía comercial que se le concedió al adquirir o reparar un bien mueble, una reparación cubierta por la garantía, el periodo de inmovilización de al menos siete días se añadirá a la duración de la garantía que siguiera vigente.
Este plazo empieza a contar a partir de la fecha en que el comprador solicita el servicio o a partir de la fecha en que los bienes en cuestión se ponen a disposición para su reparación, si se ponen a disposición después de la solicitud de servicio.
CÓDIGO CIVIL
Artículo 1641: "El vendedor responde de los vicios ocultos de la cosa vendida que la hagan impropia para el uso a que esté destinada, o que menoscaben de tal modo dicho uso que el comprador no la habría adquirido, o sólo habría pagado por ella un precio inferior, de haberlos conocido".
Artículo 1648: "La acción derivada de vicios redhibitorios deberá ser ejercitada por el comprador en el plazo de dos años a partir del descubrimiento del vicio. En el caso previsto en el artículo 1642-1, la acción deberá ejercitarse, so pena de ejecución hipotecaria, en el plazo de un año a partir de la fecha en que el vendedor pueda liberarse de los vicios aparentes o de la falta de conformidad.
